martes, 2 de febrero de 2016

Liberan a un peso pesado: Os una… y van con DOS
Todos y todas somos iguales ante la ley, no así ante el Rey.
Supieron la última no…, pues siempre tenemos algo que comentar y hasta el título nos lo sugieren los señores del poder. Bien podríamos empezar la presente con: Cuánto manosean la libertad y la justicia en nuestros nombres, porque no a todos se les mide con el mismo rasero,  cuando a la mayoría le recetan el muro de acero (muro de contención).
En principio, defiendo que el orden jurídico constitucional debe prevalecer en cualquier caso que esté en peligro la vida de una persona, puesto que la razón de ser del Estado y el Derecho es precisamente respetar y salvaguardar los derechos humanos de su sociedad. No obstante, el sistema penal y proceso penal, en sintonía con los derechos y garantías constitucionales establecen las limitaciones para las personas que han cometido delitos y en particular delitos gravísimos como es en el presente caso.
En ese orden de ideas, podría ser perico de los palotes o Juan el de la esquina el que ha cometido tal o cual delito, eso no tiene relevancia para discernir si a un privado de libertad se le protege su derecho a la vida o a la salud, simplemente se aplica la constitución y la ley que debe ser conforme a ella. En fin, no estaría pasando nada extraordinario de no ser porque en nuestra Nicaragua está en ruina la institucionalidad donde el derecho se distorsiona por quienes aplican la ley con distinciones y discriminaciones.
Resulta que las máximas autoridades operadoras de justicia, cuando hablan de narcotráfico y crimen organizado, sea capturando, acusando o condenando exhiben una firmeza que no es jugando y mejor apartate si no te pasan llevando. Con elegancia y elocuencia dicen: La ley es dura pero es la ley, por eso piden e imponen la pena máxima y con pocas posibilidades de encarcelación, así se jactan con su muro de contención para negar la libertad, pero ahora hacen una nefasta distinción.
A 23 años está condenado el ex magistrado electoral Julio César Osuna, entre otros por crimen organizado que incluye vinculación con Alejandro Martínez “el Palidejo”, identificado con cédula nicaragüense como José Fernando Treminio Díaz, acusado por ser autor intelectual del asesinato en Guatemala del cantor/trovador argentino Facundo Cabral, donde resultó herido un nicaragüense, procesado y condenado acá en el país.
¿Se acuerdan cómo obtuvo su libertad el máximo líder de los rojos constitucionalistas condenado por corrupción a una pena de dos décadas? Si nos acordamos, entonces es fácil caer a la cuenta el parecido de la medida que ahora beneficia al ex magistrado quien, según acusación, producía cédulas especiales para capos. El mismito Sistema Penitenciario de Tipitapa los guardó por un rato a ambos correligionarios a quienes el encierro los deprimió y puso en peligro su vida. Qué parecido no… Condenas a dos décadas, cumplidas ni a medias por los dos, complacidos por DOS.
Era un niño cuando escuché por primera vez la expresión social y familiar de hijos y entenados, ya más grande comprendí el por qué de dicha distinción sobre el trato de hecho y de derecho para “los hijos naturales” y los descalificativos para los demás. Siendo dirigente estudiantil a inicios de los 90 un querido amigo, en defensa del alcance popular de las universidades y por la inminencia de la privatización expresó: O todos hijos o todos entenados… Así se aplica la ley en Nicaragua, a unos como amigos y a muchos otros como enemigos. A unos como parientes y a los otros como los condenados olvidados.
Veamos al respecto declaraciones de un excelentísimo magistrado de la Suprema Corte:   “El hombre ha presentado un cuadro clínico de diferentes enfermedades y se ha hecho solicitud en el Tribunal y en el Juzgado de Sentencia y a la propia administración penitenciaria, pero nunca le resolvieron; fue hasta el año pasado que el sistema le otorgó el beneficio y está bien concedido, puesto que es facultad también de ellos, según la ley penitenciaria”.
Veamos otra: “Últimamente tuvo crisis de próstata y estaba quedando ciego. El sistema lo mandó a revisar y tomó alguna medida administrativa, para no cargar con el muerto. Las enfermedades no fueron inventadas, ahí está el expediente. Yo conozco el caso, porque soy amigo de la María Haydée Osuna y ella venía aquí a pedirme auxilio y a los otros magistrados para que atendieran humanitariamente las solicitudes del hermano”. (las negrillas son mías). Eso está contado en el Diario La prensa del día de hoy martes 2 de febrero, que cita declaraciones del magistrado Manuel Martínez.
Se evidencia el trato diferenciado por distinción del amigo… agreguemos que otros magistrados se hacen los desentendidos (Ver reporte de la prensa digital de hoy). Veamos ahora la otra cara de una desatendida realidad que demuestra mis reflexiones que presento también a manera de denuncia frente a la impunidad y el doble rasero.
Muchos reos purgan cárcel o encierro inhumano que, habiendo cumplido la mayor parte de sus condenas y en estado grave de salud, no encuentran eco en las autoridades administrativas y judiciales, mismas que no exhiben ni la más mínima indulgencia que les sobra en determinados y privilegiados casos que por el descaro nos dicen pálido te dejo, beneficiando a los relacionados con “El palidejo”.
Para los demás, como al cachorro Marvin Vargas, con más de 90% de su pena cumplida y con orden judicial de libertad …se morirán en la cárcel primero… como le han sentenciado. La madre de Vargas se murió luchando frente a los humanitarios funcionarios que dejaron libre al Sr. Osuna, quien apenas ha cumplido 3 de 23, qué les parece...
Así, la intensidad de la libertad, con todo su brillo se apaga para quienes no tienen la fórmula magnífica de la conexión con el power. Y pretenden engancharnos con el cuento de que esa es una medida legal, judicial o penitenciaria absolutamente independiente de las influencias… Ja!!! Esto obedece a la fórmula mágica en un año electoral que necesita partidos para la pantomima, urgida de legitimidad.
La farsa se desvanece por un montón de procesados y condenados que, con delitos similares o mucho menos graves y con órdenes de libertad, no los dejan salir, sometiendo a sus familiares a un prolongado boleo que comienza ante las máximas autoridades penitenciarias que se declaran incompetentes, remitiendo los casos al Ministerio de Gobernación donde tampoco encuentra ninguna respuesta ni eco frente al clamor familiar, siguiendo el periplo por los tribunales para interponer y tramitar Recursos de Exhibición Personal por detención ilegal que hasta ahora solo han servido para mayor desgaste económico y emocional, y como si fuera poco tienen que buscar a los jueces ejecutores, si los encuentran después ni siquiera los reciben en las bodegas inhumanas penitenciarias.
En los organismos de derechos humanos como el CENIDH y en los medios de comunicación, podemos verificar denuncias públicas realizadas por decenas de familiares que se declaran en total desprotección por el Estado de Nicaragua, con violaciones a su derecho de ser tratado en igualdad y sin discriminación.
Como dice la canción: A dónde vamos a parar… Creo que la respuesta está en nosotros y nosotras, en la medida que no nos resignemos y tomemos conciencia por parejo y generalizada, no solo restituiremos la institucionalidad hasta ahora perdida, sino también enderezaremos el rumbo que lleva nuestro país.

En nuestra decisión está el seguirlos aguantando. No esperemos que otros hagan lo de nosotros. Todos los derechos para todas y todos. Abrazos con energía positiva.

martes, 26 de enero de 2016



DERECHO A LA VERDAD, DERECHO A LA JUSTICIA

Sin la verdad, la justicia es una farsa o cualquier cosa. Que un caso llegue ante un juez no equivale, per se, realización del derecho a la justicia, por mucha razón que tengamos. Si la verdad sobre un hecho no logró la dicha de judicializarse, la reparación integral del daño causado por una ofensa se traduce o reduce a un engaño y los más probable es que la garantía de no repetición sea una ilusión o un legítimo deseo burlado por la impunidad.

La impunidad representa una autorización para que los violadores de derechos humanos sigan haciendo de las suyas. Un criminal que por sus conexiones con el poder, no recibe la sanción en proporción a la gravedad del delito cometido, seguirá actuando con desprecio a la sociedad, por cuanto para él no existe ninguna ley que en los hechos se lo impida. 

El crimen sin castigo, es un desprecio a la vida, a los derechos humanos. Por eso resulta de vital importancia la existencia y vigencia efectiva de un régimen jurídico de derechos, donde la ley sea sinónimo de derechos. Las sistemáticas y graves violaciones a los derechos humanos es una histórica problemática sin solución definitiva de la que aún pagamos consecuencias con víctimas, ciudadanía y defensores en lucha que no nos resignamos a convivir con ese flagelo con la lógica de “no meternos a problemas”. 

La mayoría de nuestros países padecieron de dictaduras militares, superadas, se supone, por “el retorno a la democracia”, en las que siguen pendiente de justicia crímenes contra los derechos humanos como: La vida, la libertad individual, la integridad personal. Por el contrario persisten prácticas de torturas, desapariciones y ejecuciones arbitrarias, independientemente que ya no sean con la misma dimensión de las décadas pasadas. En muchos de los crímenes ha prevalecido la impunidad de hecho o mediante las concesiones de amnistías e indultos, porque a los poderosos de todos los signos pocas veces los alcanza la cárcel para pagar por sus responsabilidades. 

Al respecto hemos escuchado que eso ha sido así por el bien común, la paz y la gobernabilidad… esa ha sido la garantía de los impunes, mientras miles de víctimas y familiares de casi todo el continente y más allá, esperan la verdad, ocultada y olvidada por la memoria oficial que defiende el Statu Quo. Por eso en la actualidad, hablar de la Ley y el Orden es en la práctica la estabilidad del poder, vacío de contenido esencial, donde los derechos humanos no son la razón de ser del Estado y gobierno. Por ende, en ese tipo de Estado una sociedad no puede gozar a plenitud de sus derechos, como la paz, la justica y la libertad.

El derecho a la verdad y el acceso a la justicia se discute y reclama en todas las esferas públicas, siendo en los casos criminales los de mayor gravedad, sin restar importancia por ejemplo a un trabajador o trabajadora que no logra que le paguen su caso “ganado” en juicio, simple y llanamente porque el señor patrón es de esos intocables y cercano al poder de turno; o los despojos de propiedades por parte de viejos y nuevos poderosos y sus allegados, como las invasiones a tierras indígenas, con asesinatos en la impunidad.

El Estado está obligado a investigar para descubrir la verdad a la que tienen derecho víctimas y familiares. Esa obligación y derecho incluye que sea una investigación exhaustiva, inmediata, creíble e imparcial. Los estados deben garantizar las debidas diligencias de investigación. Para lo cual no cabe la excusa de: No tenemos vehículos, no tenemos gasolina y todos los cuentos que agentes del Estado alegan cuando no están cumpliendo su obligación de buscar la verdad para que se haga justicia por parejo, independiente de que víctimas o victimarios sean o no gente VIP.

En Nicaragua la supuesta incapacidad para esclarecer un caso concreto, se contradice en los hechos cuando observamos operativos desmedidos para atrapar a personas de interés para los poderosos, cuya persecución en no pocas veces es por las mismas razones económicas y políticas que impiden se le haga justicia a muchos. 

Una investigación objetiva debe determinar las causas, formas, motivaciones del crimen, las personas responsables sea material e intelectual y cuando se trata de cuerpos como la policía o militares, debe establecerse la responsabilidad sobre la base de la jerarquía. Si los agentes del Estado han hecho uso indiscriminado y desproporcionado de sus armas de fuego, con resultados graves para la integridad y la vida de las personas, se debe establecer no sólo quiénes dispararon en el terreno, sino quienes ordenaron el operativo y quiénes dieron la orden de disparar, porque los cuerpos armados se rigen bajo principios de orden, mando y obediencia, independientemente de que la última no exime al agente del Estado o soldado de su responsabilidad.

Dicho lo anterior creo que podemos deducir o encontrar las explicaciones (no justificación) del por qué en Nicaragua hay incontables crímenes en la impunidad, recientes y pasados, sean asesinatos, ejecuciones, desapariciones, torturas, violaciones, asaltos con y sin metralletas, crímenes todos con el común denominador de impunidad de hecho o con el disfraz de la legalidad, con juicios simulados que evidencian el ridículo de una administración de justicia que se jacta de independiente, eficaz y de las mejores, similar al cuento del país más seguro.

Esa es la realidad de las víctimas de diversas masacres y ejecuciones recientes, como el bombazo de Pantasma. La masacre de Las Jaguitas nos ilustra esa pantomima, burla de la justicia o payasada como la denominó oportuna y acertadamente la señora Yelka Ramírez, sobreviviente de la misma. Exactamente en este crimen de Estado se observan las características de la impunidad antes anotadas: “Agentes encargados de hacer cumplir la Ley”, con preparación especial para el empleo de fuerza y armas de fuego como el Ak (como si fuera acción de guerra), con casi 50 impactos de balas en el vehículo que trasladaba a la familia Reyes Ramírez con tres asesinados (dos niñas y una joven). Acabaron con sus proyectos de vida.

Una acusación dirigida a minimizar las responsabilidades del crimen, casi que terminan culpables las víctimas porque los asesinos “creyeron” que su jefe estaba siendo atacado por Yelka y su esposo Milton. En fin como este caso es ampliamente conocido se puede resumir en que se trata de un crimen organizado desde el Estado, con jefes que ordenaron matar a alguien y después salieron con que fue por error. Un caso que se llevó al juzgado pero que no se hizo justicia porque de la verdad solo hemos conocido lo que han contado los sobrevivientes.

Un crimen de Estado que está quedando en la impunidad disfrazada con sentencia judicial en la que todos sus operadores se confabularon para minimizarlo, donde los nueve acusados se declararon culpable no por casualidad, sino precisamente para esconder la verdad, de la que no se habló porque no hubo juicio y con ello no se hable más.

A una familia que ha sido ofendida por la muerte de un ser querido en manos de un agente del Estado o un criminal común, cuando se hace justicia precedida por la verdad, le representa una forma de comenzar a cerrar todo un ciclo o proceso angustioso e inhumano, es una de las formas para culminar el duelo. 

Consecuencia de todo crimen de este tipo está que el Estado asuma y pague los daños causados por sus agentes, como lo dicen instrumentos internacionales de DH, la Constitución de Nicaragua en su artículo 131 y el Código Penal; y la familia de Yelka no tiene por qué estar sometida a más sufrimientos y tener que hacer plantones en la entrada del edificio de la institución que masacró a sus tres seres queridos. El Estado debe pagar y a lo inmediato, eso parte de lo que se llama reparación, última que no es integral si no se conoce la verdad, por ende si no se hace justicia.

Según la jurisprudencia del sistema de protección de derechos interamericanos el Derecho a la Verdad, no estaba concebido expresamente en los instrumentos internacionales de DH. Ha sido elaborado (construido) mediante el proceso de estudio y resolución de casos con graves violaciones a derechos humanos. El derecho a la verdad está vinculado con los derechos a las garantías judiciales y protección judicial (Artos XVIII y XXIV de la Declaración Americana, 8 y 25 de la Convención y con el Derecho a la información.

Por eso y desde los primeros fallos sobre los crímenes relacionados a desapariciones forzadas y ejecuciones es que las sociedades de nuestro continente cuentan con mecanismos de protección que fortalecen esa larga lucha en busca de la verdad y la justicia, y por supuesto para lograr que nunca más esos abusos. Recomiendo el valioso Informe Sobre el Derecho a la verdad en América 2014  de la CIDH.

No puedo cerrar la presente reflexión sin reiterar mi reconocimiento a las familias de las víctimas que, como Yelka Ramírez han enfrentado su duelo, no quedándose conforme en su condición de víctimas, dándonos una lección extraordinaria, valiente y digna en la lucha por la verdad y la justicia, que incluye la reparación de los daños causados, para lo cual se exigen derechos y no el gesto de un gobierno caritativo que “ayuda con el dinero ajeno”. Lo menos que podemos hacer es acompañarles en su legítima demanda de reparación que no es igual a limosna. Merecen nuestra solidaridad activa.

Víctimas de la masacre, para que no olvidemos sus nombres como escribió un amigo: Aura Marina y José Efraín Reyes Ramírez, de 12 y 11 años, respectivamente y Katherine Ramírez Delgadillo, de 22 años; hijos y hermana menor de Yelka, respectivamente. Con heridas graves Myriam Natasha Guzmán Ramírez, de 5 años hija de Katherine, y Axel Reyes de 13 años, hijo de Yelka Ramírez, esposa de Miltón Reyes.

viernes, 15 de enero de 2016



¿Sin Ley y sin Derechos?
Necesito llamar por teléfono a mi Abogado y a mi Embajada, dijo el Italiano Alberto Boschi, antes de ser expulsado de Nicaragua la noche del recién pasado lunes 12 de enero. Horas antes había sido detenido por agentes del Estado que, por su actuación, parecían secuestradores, pues cuando lo detuvieron no le mostraron ninguna orden de autoridad competente, papel ni chiquito ni grande, tampoco estaba cometiendo delito para justificar la persecución frente un flagrante delito (artículo 33 constitucional).
En el operativo, la mayoría andaban vestidos de civil, algunos uniformados de policías, y para no fallar en sus propósitos al momento de detenerlo gritaron: Esos son unos ladrones y narcotraficantes, logrando que más de alguna persona que presenció la acción dijera échenlos presos y denle duro… Con Boschi fueron detenidos también dos ciudadanos nicaragüenses. Encerrados en un área con temperatura para sentir y sufrir por lo frío.     
La respuesta al detenido que reclamó sus derechos fue: Vos no tenés Derecho, vas expulsado de Nicaragua y tenés prohibido entrar en los próximos cinco años. Que tengo una hija de nueve años en este país, no nos importa vos no tenés derechos acá en Nicaragua. Entonces entréguenme la resolución donde dicen que me echan de este país… La misma respuesta de los “agentes encargados de hacer cumplir la ley”. ¿Cuál Ley, Cuáles Derechos? Obviamente que en el caso concreto, la orden fue cumplida, aunque sin ley y arrasando los derechos del mencionado ciudadano. Fue parte de lo que contó Boschi desde Italia.
La Ley 761, Ley General de Migración y Extranjería, establece el derecho de Revisión y de Apelación para la Deportación y la Expulsión, según sea el caso. Para ambas decisiones se debe formular la respectiva resolución debidamente fundamentada (Arto 173), donde se demuestren las razones que dan lugar a cualquiera de dichas medidas, con derecho de ser oído, para no quedar en la indefensión, no es más que la garantía y derecho de un legal y debido proceso administrativo, que incluye asistencia legal y consular. Esto es Derecho y no está al arbitrario del poder concederlo o no.
El art. 11, de dicha ley referido a Derechos, dice: En Nicaragua, las personas extranjeras gozan de los mismos derechos y garantías individuales y sociales reconocidas para los nicaragüenses en la Constitución Política, los instrumentos internacionales de derechos humanos y en materia migratoria debidamente ratificados por Nicaragua, salvo las limitaciones que establezca la Constitución Política y las leyes de la República. De acuerdo a lo establecido en el artículo 27 de la Constitución Política, el Estado nicaragüense respeta y garantiza los derechos reconocidos en la Constitución a todas las personas que se encuentren en su territorio y estén sujetas a su jurisdicción.

Boschi entró el 23 de diciembre de 2015, por el Aeropuerto Internacional que lleva el nombre del ciudadano más representativo de nuestra dignidad y patriotismo: Augusto C. Sandino, internacionalista que conoció sobre el valor de la solidaridad y la importancia de la misma para los inmigrantes, pues Sandino fue uno de ellos.
Ahora bien, si el italiano tenía una causa legal, criminal pendiente, lo lógico era que lo detuvieran al momento de ingresar al país, si lo dejaron pasar normalmente todo indicaba que no había nada en su contra... Y si cometió algún delito después del 23 de diciembre estando en nuestro país, lo que cabía también es la acusación, es lo que corresponde en un país gobernado por el derecho, pero en Nicaragua nos gobierna la arbitrariedad y el autoritarismo, sin ley ni derecho.
Ese tipo de comportamiento no es único, ni tampoco original en Nicaragua, se trata de una actuación reiterada pero no pareja con todo mundo, aunque sí es responsabilidad de la pareja, ya que hay ciudadanos extranjeros tratados como amigos a quienes se les dispensa todo el cariño habido y por haber, tocados con guantes de seda, aunque en sus países tengan alguna cuenta pendiente.
En los últimos años, el Estado administrado por el gobierno de Daniel Ortega ha hecho de las suyas con extranjeros, echándolos del país sea por razones políticas o económicas, sin escatimar fuerzas en operativos que en un dos por tres han demostrado una eficacia policial que ni por cerca la exhiben con violadores de niñas y niños, asesinos de mujeres, agresores impunes por sus vínculos o poder político, económico y religioso.
Así estamos, esos son nuestros desafíos, si no cambiamos este actual y nefasto comportamiento, tendremos siempre una clase política gobernante corrupta y en sistemática violación a los derechos humanos de nicas y extranjeros, ah… bajo el alero del doble rasero, con las 3P: Plomo para los enemigos, plata para los amigos y palo para los indiferentes.
En nuestra decisión con ciudadanía activa y responsable está la posibilidad de no seguir aguantando los abusos.

jueves, 7 de enero de 2016

2016: Perspectivas para el goce de nuestros derechos

Si por la víspera se saca el día, podemos imaginarnos escenarios y perspectivas para el 2016 que comienza, desde un enfoque de Derechos Humanos. Como me decía un cuñado que nos dejó hace tres años: Y qué asunto no es Derechos Humanos...? Pues bien, 2015 nos dejó el resurgimiento de la protesta social, con nuevos actores y nuevas caras con mucha vitalidad, sobre todo con mucha dignidad, como la de Doña Francisca Ramírez con miles de campesinos y campesinas movilizados en defensa de sus tierras, el lago y la soberanía, con su demanda legítima para que sea derogada la nefasta ley 840.

Otras expresiones de lucha social fueron la resistencia cívica, firme y digna de los defensores del ambiente y su comunidad en Rancho Grande, quienes por su lucha impidieron, por ahora, ser arrasados por la política de explotación minera extractiva, con toda y la miseria que la gente ha sufrido. El testimonio de centenares pobladores de esas comunidades nos enseña lecciones de organización auténtica y de que no todo está perdido. Para alcanzar esos resultados sufrieron todo tipo de presión y represión, pues los derechos no vienen como caja de regalo.

Por supuesto la lucha de los pobladores y trabajadores de mina El Limón con una extraordinaria resistencia al extremo de que la policía sitió el poblado para rendirlos y desistieran de sus legítimas demandas. Por el valor e impacto de esa lucha, Daniel Ortega  ordenó, sin tener facultad constitucional, la libertad de todos los que estaban ilegalmente detenidos en las cárceles destinadas para la tortura (el chipote), de donde salieron sentenciados con volver al encierro en caso de que denunciaran los atropellos.  A ello obedeció el agradecimiento para el mismo que hizo de verdugo y de gran benefactor.

También sufrieron cárcel los que demandan indemnización afectados con IRC entre ellos la única mujer Mariela Mendoza cuya madre María Peña, se movilizó y denunció permanentemente los abusos del régimen contra los chichigalpinos presos. En fin, merecen nuestro reconocimiento esas expresiones de dignidad como la que nos ofrecieron centenares de mujeres de mina El Limón que mantuvieron la resistencia en tiempos que los hombres huían de la cacería gubernamental a cargo de la policía política.

El año 2015 fue de malas señales para los DDHH con atentados contra la vida, como el denominado Bombazo en Pantasma, en el primer mes del año, sin esclarecimiento oficial pero popularmente comentado que se trató de una operación militar dirigida a eliminar a un pequeño grupo de armados. 

Otra dos masacres evidencian la gravedad del pasado año: La de las Jagüitas donde una tropa especial de policías acabó con la vida de tres inocentes, dos niños y una joven, hermana e hijos de Yelka Ramírez mujer que en medio del dolor, con valentía y sin descanso enfrentó su duelo exigiendo justicia, denunciando la burla de que fue víctima su familia. Una masacre tratada con guantes de seda que los operadores de justicia usan para un tipo de criminal, atenuando la gravedad de los hechos.

La otra masacre fue la que acabó con la vida de cinco policías en Punta Gorda, entre ellos tres voluntarios sin la adecuada preparación para enfrentar las exigencias de una actividad criminal que por sus resultados demostró ser superior. Obviamente de eso no se habla y por eso es que de ambas masacres no supimos toda la verdad, además del trato diferenciado, privilegiado e inconstitucional para los acusados y condenados.

En materia de justicia e institucionalidad destacan los abusos policiales, denunciados permanentemente en las organizaciones defensoras de DDHH, con su ya cotidiana práctica de cárcel ilegal, prolongada y bajo tortura, con unos jueces que convalidan los abusos “legalizando” lo que la constitución prohíbe, con todo y su atrofia; al extremo de jueces que se declaran enfermos sin estarlo y solo firman lo que les ordenan, con Recursos de Exhibición Personal ineficaces, cuyos jueces de ejecución ni los dejan entrar a las cárceles, quedando más en ruina la institucionalidad.

Como el régimen ve posibilidades de riesgos para su poder absolutamente concentrado en la pareja, aumentó la represión en la proporción de los síntomas de rebelión. Como si fuera poco aprobó otra nefasta ley, la de Seguridad Soberana, de la que hablé en el tema anterior y que redunda en aumentar el poder para el control social y sus consecuencias para los derechos humanos.   

Al inicio me referí a la víspera, este año según calendario toca votar, pero en el sistema electoral que hemos aguantado desde hace rato, ya no se elige. No obstante, los aspirantes a sustituir al estado de cosas, se están animando por la ola de cambios en nuestro continente y se puede presumir que en materia del derecho político a elegir y ser electo, la lucha se podría tornar más movida, ojalá que así sea y sin violencia. 

¿Permitirá el régimen elecciones libres universales y transparentes? ¿Se arriesgará a hacerlas limpias a sabiendas de los resultados negativos para los hermanos bolivarianos de Venezuela? ¿Los partidos se constituirán en una real opción que nos encamine hacia un escenario de libertad sin restituir los viejos males, incluidos los cometidos por los actuales gobernantes?. ¿O nos impondrán la sopa de siglas de partidos al servicio del sistema de favores que acostumbra el orteguismo.?

Los escenarios pueden variar y creo que puede ser una oportunidad para el fortalecimiento de la ciudadanía individual y colectiva que redunde en una saludable movilización que no reedite “más de lo mismo”. Nuestra dignidad debe incluir tener un gobierno honrado cuyos inquilinos no se  conviertan en los nuevos ricos contra un pueblo empobrecido que clama por derechos y que éstos dejen de ser manipulados como favores.

Carlos Fonseca Amador, máximo dirigente del FSLN, caído en noviembre de 1976, en uno de sus pensamientos difundidos dijo: …No se trata de un simple cambio de hombres en el poder, sino de sistema la victoria de las clases explotadas y la derrota de las clases explotadoras… Obviamente quedó lejos ese ideal, porque ahora se trata de un sistema dominante que habla bastante en nombre de los pobres pero con una alianza estratégica entre la vieja y nueva oligarquía, entre viejos y nuevos ricos, para los cuales todo va muy bien y nada que cambiar.

Las elecciones por sí misma no lo van a cambiar todo, pero es el comienzo, mal haríamos creer que los que están arriba se irán fácil, es más tengamos presente que en estos 10 años han acumulado un poder político y económico que trasciende al acto electoral, por eso es que se han estado prepeando, para no pegar carreras y repetir lo que ocasionó la derrota del 90 y para no pasar por los apuros y angustias que ahora viven en Venezuela. 

Nuestro desafío es ejercer una ciudadanía que no siga indiferente frente el abuso, el robo, la corrupción, la injusticia que ahora nos desgobierna sin rendición de cuentas y con absoluta impunidad. Nicaragua y su pueblo no merecen un gobierno que confunde los asuntos públicos con los intereses privados y familiares. 

No debemos tolerar como normal que el presupuesto, la cooperación y los bienes del país sean administrados como hacienda personal. No debemos seguir tolerando que la constitución y las leyes sean manoseadas al antojo de los que gobiernan en nombre de nosotros y nosotras. 



La candidatura que nos resuelva esos dilemas y desafíos tiene por anticipado mi voto... Ah en ciudadanía activa por supuesto, que no agarren vara.

sábado, 19 de diciembre de 2015

Ley de Seguridad Soberana
¿Quién amenaza a quién…?

En octubre de 1967 un grupo jóvenes guerrilleros urbanos, pertenecientes al FSLN, realizaron un operativo que acabó con la vida de Gonzalo Lacayo, famoso por ser un agente torturador de la Guardia Nacional de Somoza. La represión del régimen se intensificó indiscriminadamente con ejecuciones, cárcel y tortura. Uno de los detenidos en noviembre del mismo año fue Daniel Ortega Saavedra, en ese entonces con unos 22 años de edad. Un poco más de 7 años estuvo en la cárcel, sometido a tortura y todo lo que implicaba estar bajo castigo del somocismo. Daniel y los otros guerrilleros fueron acusados de atentar contra el Estado de Nicaragua, de matar al mencionado agente.

Daniel fue capturado cuando andaba conspirando, en rebeldía pura y dura frente a la tiranía y la opresión que significó la dinastía de los Somoza. A finales de diciembre de 1974 obtuvo su libertad como resultado del asalto a la casa de Chema Castillo; es decir cayó preso por una acción armada y fue liberado por otra. Eran tiempos de dictaduras militares y de defensa de la Doctrina de la Seguridad Nacional. Inicio el presente tema con ese hecho histórico, con la idea de que no olvidemos el pasado tenebroso para no repetirlo, y porque está relacionado a los conceptos de “seguridad” en abundancia contenidos en la recién aprobada Ley que motiva esta opinión.

Pues bien, como regalo de fin de año y próspero venidero, el gobierno de Daniel Ortega con su maquinaria legislativa, a inicios de diciembre aprobó la denominada “Ley de Seguridad Soberana de la República de Nicaragua”, Ley 919, publicada ayer viernes 18 de diciembre en la Gaceta 241, que en su esencia es una Ley regresiva, represiva y una verdadera amenaza para los derechos humanos de todos y todas, aunque declaren lo contrario en palabras bonitas. Al leerla observamos una serie de definiciones y  contradicciones, con el cuento que nos protegen en todo y de todo, hasta nos ofrecen garantías electorales, como las de los últimos años: Puro fraude. Amenaza nuestra posibilidad de vivir en libertad, por eso bien vale preguntarnos ¿Quién amenaza a quién? veamos…

El orden constitucional nicaragüense define nuestros derechos y garantías. Nuestra población está protegida por un régimen jurídico que tiene como texto principal y esencial la Constitución Política que define dos grandes aspectos: 1.- Los derechos y garantías de la sociedad y 2.- Las facultades que tienen los órganos del Estado, cuyo poder está limitado por los derechos humanos de su población. La definición del Estado de Nicaragua dice que es: Constitucional, Democrático Social y de Derecho, más la adición y distorsión de: Cristiano, Socialista, Solidario, en Fe y Familia, más los etcéteras de la obsesión y opresión del momento.

En materia de derechos y poder, la Constitución es considerada como la Carta Fundamental que se fortalece con los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos (IIDH), como los señalados en los artículos 46 y 71 de la Constitución (Declaración Universal, Convención Americana y Convención de la niñez, entre otros). Así, las leyes aprobadas por el parlamento nunca pueden ser contrarias o en oposición a la Constitución, o sea no pueden darle más poder al poder y cualquier ley debe ser conforme a la Carta Fundamental (Artículos 130, 182 y 183 Constitución). El objetivo es impedir que las leyes y el poder violen los derechos humanos.

Las tareas del Ejército y la Policía tienen su propia y diferente naturaleza. Los artículos 92 al 97 constitucionales definen las funciones y misiones fundamentales del Ejército de Nicaragua y la Policía Nacional. El artículo 92 establece: El Ejército de Nicaragua es la institución armada para la defensa de la soberanía, de la independencia y la integridad territorial. Mientras que en el párrafo segundo claramente determina que: Sólo en casos excepcionales, el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, podrá en apoyo de la Policía Nacional ordenar la intervención del Ejército de Nicaragua cuando la estabilidad de la República estuviere amenazada por grandes desórdenes internos, calamidades o desastres naturales. Podemos observar acá un mandato de excepcionalidad: El Ejército NO debe intervenir en asuntos de policía de manera permanente.

Veamos lo de la Policía, el artículo 97 ordena que: La Policía Nacional es un cuerpo armado de naturaleza civil, tiene a su cargo la totalidad de la actividad policial y se organiza en un modelo preventivo, proactivo y comunitario…  El párrafo segundo del mismo artículo dice que: Tiene por misión garantizar el orden interno, la seguridad de las personas y sus bienes, la prevención, persecución e investigación del delito y lo demás que le señale la ley….

El Ejército fue creado para la defensa armada, especialmente en tiempos de guerra y aquí no estamos en guerra. En consecuencia cuando los militares actúan como policías aumentan los riesgos para los derechos de las personas. El orden interno, la seguridad de las personas y sus bienes no es misión militar. Por eso existe todo un sistema de preparación académica para ser policía y otro para ser soldado del ejército.

Cada institución tiene su propio régimen jurídico legal en correspondencia y obediencia a la Constitución, que como ya anotamos, deben ser leyes que no la contradigan y acá podemos concluir que la creación de la Ley de SS bajo la conducción militar es inconstitucional, toda vez que mezclan y confunden los roles de dichas instituciones bajo el paragua del Ejército, que redunda en la militarización de la función policial y de nuestra sociedad.  

Contenidos de la Ley 919. El artículo 2 dice: La naturaleza de la presente Ley es dar respuesta de forma integral, sistematizada, eficiente y eficaz, a los conflictos, riesgos y amenazas regulando la actividad del Estado, la sociedad, las instituciones. Los artículos 9 y 10 establecen qué es y quiénes integran el Sistema de Seguridad Soberana. Lo integran una docena de instituciones del Estado bajo la coordinación del Presidente de la República, representado por el Ejército de Nicaragua mediante la Dirección de Información para la Defensa DID. Se subordinan al Ejército: la Policía Nacional, Ministerio Público, Procuraduría General de la República, Ministerio de Gobernación, Migración y Extranjería, Sistema Penitenciario, Servicios Aduaneros, etc. Por su parte el artículo 12 establece las funciones de dicho sistema, que se encargará de monitorearnos militar y policialmente a todas y todos.

Observemos cómo pretenden enfrentar y resolver los conflictos (sociales), amenazas y riesgos bajo la conducción militar, que incluye regularnos como sociedad. Y no podía faltar la participación activa de las fuerzas de choque y los para, ya debidamente orientados por la compañera en su documento de Estrategia de tranquilidad y seguridad de las familias, que bajó a sus estructuras para su tranquilidad.  

El Artículo 5 de dicha Ley establece 12 definiciones, entre ellas: Seguridad Soberana (SS), Seguridad Ciudadana, Seguridad Humana, Seguridad Interna, Seguridad Nacional, Sistema Nacional de Seguridad Soberana, Riesgos y Amenazas a la SS. Si nos fijamos varias de esas palabras, conceptos o definiciones son materia exclusiva de las misiones policiales, con lo que podemos demostrar la fusión, confusión e intervención ya señalada.

Los artículos 7 y 8 de la misma Ley establecen los riesgos y amenazas para la SS. Se consideran tales: Catástrofes o desastres naturales que pongan en peligro o que perturben el ambiente. Los efectos del calentamiento global y el cambio climático, provocando la disminución progresiva de las reservas biológicas, agotamiento de las fuentes hídricas y proliferación de grandes enfermedades, afectando, por ende, la salud, la vida, el desarrollo sostenible y la prosperidad de los nicaragüenses. Acá podemos anotar que para tales eventualidades y necesidades ya existe un sistema creado como el mismo SINAPRED, al que también incluyen en el Sistema de Seguridad Soberana, con lo que demostramos la confusión de funciones, que redundan en inconstitucionalidad.

Ahora bien, Si Bosawas, Indio Maíz, las regiones mineras, nuestros ríos y el lago de Nicaragua se expresaran, repudiarían el cinismo de los que hablan de riesgos y amenazas y los están exterminando. Para variar, los defensores del ambiente y la pacha mama, como mata mama, fueron de los pocos que no suscribieron el acuerdo mundial de la semana pasada en Francia, relacionado al tema del cambio climático. 197 países que votaron a favor se equivocaron porque el gobierno de Ortega es el que tiene la razón. Ja!!!

Sigamos con las amenazas, el numeral 1 del artículo 8 dice que amenaza es: Cualquier acto ilegal que atente contra la existencia del Estado nicaragüense y sus instituciones. Podemos observar la importancia de la memoria sobre nuestra historia, ¿Quién fue acusado de atentar contra el Estado de Nicaragua, Ah…? Pregunta no tan complicada de responder verdad. Pues bien, el chavalo que en 1967 era un conspirador y en rebelión contra la opresión, como dice la Declaración Universal, 48 años después, con la diferencia de ser el Presidente, ahora establece todo tipo de amenazas y hasta las deja a su discreción por si le sale alguna no contemplada, qué les parece… Cuando lo hizo él tenía justificación y fue digno de admiración, ahora repite la doctrina de persecución.

Cabe aclarar que la Rebelión contra la tiranía y la opresión, expresada mediante las protestas, marchas, desobediencia civil, etc. NO es delito alguno, independientemente de lo que diga el Código Penal nicaragüense, por el contrario es un Derecho Humano y un deber de ciudadanía.

Otra amenaza prevista en el numeral 2 del mismo artículo 8: Las pretensiones de expansión de cualquier estado sobre espacios territoriales. Aunque no estaba aprobada aún la susodicha Ley, la estrenaron contra los miles de inmigrantes cubanos, el gobierno declaró que con la invasión de cubanos, Costa Rica atentó contra la seguridad soberana de Nicaragua. El principal atentado fue contra los DH de los cubanos, a quienes el gobierno promotor de la Ley de SS, les puso su muro de contención con militares y antimotines, reprimiendo con gases lacrimógenos e intimidando con los fusiles.

El artículo 8 numeral 6 de la Ley 919 señala como una amenaza para la Seguridad Soberana cualquier acto tendiente a consumar Rebelión o traición a la patria. Esta es una expresión interna de la ley que la ensayaron con la ocupación y el sitio de Mina El Limón, a cuyos trabajadores y pobladores los trataron como una amenaza, criminalizando su derecho a reclamar derechos, por lo cual fueron castigados por partida doble: Por protestar frente a los grandes socios del gobierno y porque esa gente valiente de El Limón ha sido simpatizante del FSLN. Igual tratamiento fue contra los ex cañeros que padecen de Insuficiencia Renal Crónica que reclaman indemnización a los dueños del Ingenio San Antonio.

De 71 días fue la carceleada para todos los detenidos de ambas protestas, entre ellos la única mujer Mariela Molina Peña de Chichigalpa. A todos los encerraron en el Chipote, centro de tortura y reedición de los nefastos abusos del somocismo, utilizado para el aislamiento, tortura y de todo tipo de castigo contra los opositores de entonces. 71 días sin juicio y en arresto prolongado e injustificado, a la orden de un poder judicial que no se respeta ni a sí mismo.

Al momento de la publicación del presente, los injustamente presos de Mina El Limón eran recibidos por los pobladores, luego de que el supremo de la “seguridad soberana” ordenara su libertad.  Este abuso de poder nos demuestra cómo esta ley sí es una verdadera amenaza, con posibilidad real de que multipliquen esta receta, de castigar a los que se atrevan a alzar su voz en rebelión y defensa de sus derechos.

Las vueltas que da la vida verdad… ¿Quién amenaza a quién? La ciudadanía que se rebela para reclamar sus derechos o el régimen inconstitucional que los reprime?

¿Acaso no es una amenaza, la destrucción de la institucionalidad, cuya evidencia de su ruina es el hecho de que la libertad de todos los presos de Chichigalpa y El Limón fue ordenada por Daniel Ortega sin la existencia de proceso legal, ni Juez alguno… ?

¿Quién es la amenaza? Los miles de campesinos y campesinas como la Panchita que demandan la derogación de la Ley 840 en defensa de sus tierras, el lago y la soberanía..., O el gobierno que aprobó dicha ley sin consultar a los afectados, a los que reprime para desplazarlos de sus territorios?

La verdadera amenaza es el régimen que nos desgobierna y violenta nuestros derechos humanos a vivir en plena libertad y con dignidad.

Los Derechos Humanos son de todos y todas, la libertad es el antídoto ante las dictaduras.

La lucha es nuestra opción, a pesar de las amenazas de represión.