domingo, 30 de septiembre de 2018


Inconstitucional prohibición y brutal represión

16 de septiembre. Marcha sobre carretera norte, asediada por las fuerzas represivas

El recién pasado viernes 28 de septiembre en curso, la Policía del régimen Ortega Murillo, mediante una nota de prensa, dio a conocer a la población nicaragüense, la inconstitucional prohibición del derecho de manifestación, derecho que han violentado por años. Al respecto, desde el 18 de abril se realizan en el país, marchas, plantones e innumerables expresiones de un descontento popular y generalizado, en contra de la dictadura dinástica, militar y sangrienta.

Los verdugos han descargado todo su poderío y maldades contra la legítima rebelión que provocó la tiranía y opresión. El régimen no haya qué hacer, porque cada vez se van quedando aislados contra todo un pueblo que levanta en alto la bandera azul y blanco, cargada de una dignidad nunca vista en la historia de nuestro país, la que han querido aplastar a sangre y fuego; por increíble que parece, con 3 ejércitos a su disposición y no han podido. Eso les ha generado una furia y desesperación que hasta en la cara se les nota.

La intolerancia se ha expresado en permanente y brutal represión, con etapas durísimas e intensas para frenar la decisión y resistencia imparable de la Nicaragua que cambió el rumbo de su historia. Termina el mes de septiembre, casi 6 meses de aquel alzamiento inesperado, 18 y 19 de abril, fechas de la explosión social y política de todo un pueblo harto de una dictadura que creyó que el sometimiento y la resignación eran marca registrada para siempre.

Los representantes de la ignominia ¿Cuánto han hecho y dicho, mejor dicho qué no han hecho y dicho?, en los temas anteriores de mi blog pueden observar las cifras aproximadas de todos los crímenes de Estado, del dolor causado a nuestro pueblo, de los crímenes de lesa humanidad que no admiten impunidad.

Qué no han dicho…Todas las letras del abecedario fueron utilizadas para despotricar y descalificar, mientras tanto la gente de este pueblo valiente no se rinde, superando todos los cálculos del Estado de terror y del terrorismo de Estado, está en pié y la familia de El Carmen, todo lo contrario, las rotondas cada vez con menos acarreados y obligados, que con mala gana ven ondear sus banderas por la fuerza del viento, sola agitadas por los fanáticos convencidos, armados y encapuchados.

Al poder criminal le sobran los fusiles, usados por una estructura criminal que los mantiene sin legitimidad social. Solo mediante la violencia armada han disuelto las manifestaciones, derecho constitucional que por supuesto no puede ser suspendido por una nota de prensa ni por ningún agente del Estado, sea chiquito o grande.

Como decimos popularmente, contra el pueblo han desplegado todo el poderío, cobardemente echándole la vaca, operan los paramilitares armados y encapuchados, junto a la Policía política y con la complicidad del otro Ejército que se declara neutral, mientras allá en el interior de nuestro país sigue cazando campesinos como lo han hecho todos los años de la dictadura Ortega Murillo. 

Sobre la inconstitucional prohibición del derecho de manifestación, ayer mismo en el sector de la Rotonda Cristo Rey, en el Barrio Riguero de Managua (con decenas de periodistas nacionales y extranjeros como testigos), los manifestantes le reprocharon al jefe policial represor, Comisionado General Fernando Borge, que demostrara su facultad para impedirles la realización de sus derechos…

El policía Borge, se quedó en silencio, como respuesta ordenó la represión criminal, misma receta que otro jefe cumplió contra la población de Estelí, con decenas de detenidos arbitrariamente en ambas ciudades, violándose también, el derecho constitucional a la libertad individual establecida en el artículo 33.

Entre otros derechos, correcta y firmemente una joven ciudadana se refirió al Artículo 54 constitucional que dice: “Se reconoce el derecho de concentración, manifestación y movilización pública de conformidad con la ley”. Ahora bien, el “de conformidad con la ley” no quiere decir que la autoridad esté facultada para impedir la realización del derecho mismo, al contrario el Estado y los agentes vinculados al tema están obligados a propiciarlo. Cabe tener presente también el artìculo 53 constitucional, sobre el derecho de reunión pacífica.

Quiero enfatizar que ninguna ley puede establecer requisitos que impidan en la práctica la posibilidad de manifestarse, de protestar porque hacerlo es negar derechos. Los Estados Constitucionales y Democráticos dejan de ser tales cuando impiden el ejercicio de la ciudadanía y cuando se violentan los derechos humanos, como es el caso de Nicaragua, donde el Estado los viola sistemáticamente.

Hay otros artículos constitucionales relacionados al ejercicio del conjunto de nuestros derechos, observemos lo que dice el artículo 32: “Ninguna persona está obligada a hacer lo que la ley no mande, ni impedida de hacer lo que ella no prohíbe”. Vemos el alcance del principio de legalidad… Lo que no está prohibido está permitido para las personas, por el contrario, los agentes del Estado solamente pueden hacer lo que la ley expresamente les faculta.

En consecuencia, la policía no tiene facultad de impedir las manifestaciones que constitucionalmente se dispone a favor de la población. Como tampoco tienen facultad para detener sin orden, violando lo dispuesto en el artículo 33 constitucional, mucho menos para emplear la fuerza y la armas de fuego contra un pueblo desarmado, violando el derecho a la vida y la integridad física.

Además, los invito a observar los artículos 130, 182 y 183 de nuestra constitución que, en esencia disponen y obligan a todos los funcionarios a respetar los principios de constitucionalidad y legalidad. Ningún cargo concede más autoridad que la prevista en la Constitución y las leyes. Y, la Constitución es la carta fundamental de la República, las demás leyes están subordinadas a ella, no tendrán valor alguno, órdenes o disposiciones (NOTA DE PRENSA POLICIAL) que se opongan a la constitución.

La policía, al servicio de un partido familiar, solo protege a las fuerzas pro gubernamentales, sin empacho marcha con ellas y opera con los paramilitares, como lo ha hecho en más de 11 años, como lo hizo en todas masacres y ejecuciones de estos meses, matando niños como: Alvarito Conrado de 16 años; Mathías, de tres meses, y Daryeli, de tres años, de la familia Pavón Velásquez en el Barrio Carlos Marx; como lo hizo matando al niño Teyler Leonardo Lorío Navarrete, de 14 meses de edad en Las Américas 1 y matando también a Matt Romero de 16 años.

Y, como lo está haciendo ahorita mismo; siendo obvio entonces que no está apta profesionalmente para servir por igual a toda la nación, hace años que cayeron en un proceso de autodestrucción, daño del que no se escapa ninguna institución estatal. Ese pernicioso y nefasto comportamiento policial, viola el derecho universal de igualdad ante la ley y no discriminación, establecido en el artículo 27 constitucional. 

Por supuesto, el Estado de Nicaragua, al violar de forma sistemática los derechos humanos de la población nicaraguense, incumple su obligación internacional adquirida mediante la adopción de instrumentos de derechos humanos, como los enunciados en el arto 46 constitucional; así como la Convención de la Niñez de la ONU, reconocida penamente en el articulo 71 de nuestra Constitución.

Hoy domingo no ha sido la excepción, porque la represión continúa y la resistencia también. Detuvieron a Miriam del Socorro Matus, de 78 años de edad, conocida como Doña Coquito “la abuelita de todos”, “la abuela vandálica”, ciudadana símbolo por su extraordinario ejemplo a quien, en los primeros días de la brutal represión, la vimos expresando solidaridad y en la actualidad participa en las manifestaciones. Precisamente la vi el pasado domingo 23  de septiembre, en Las Américas 3, minutos antes de que la marcha fuera disuelta a balazos y con gases lacrimógenos, donde asesinaron al niño Matt Romero.

Es obvio que en la realización de concentraciones, manifestaciones o marchas, las  autoridades deben adoptar medidas relacionadas a la seguridad para el desarrollo de ese derecho. En tanto la movilización ciudadana no es sinónimo de delito, los agentes encargados de hacer cumplir la ley deben protegerla frente a los ataques que sí son ilícitos. Cuando se limitan a observar, los policías se constituyen en un atacante más, en violación también del artículo 97 de la Constitución, donde está la misión constitucional de la Policia, cuya esencia es prevenir el delito, proteger por igual, profesional y sin sujeción partidaria, a toda la pobalción.

A pesar de los incontables obstáculos, brutal represión, persecución y crímenes de Estado en estos meses de ejemplar resistencia, el pueblo nicaragüense no solo ha demostrado que conoce sus derechos, sino que los ha defendido, consciente de que para realizarlos NO se necesita pedir permiso.

¡Protestar es un derecho, reprimir es un delito. El pueblo tiene derecho a vivir en paz, libertad y sin miedo. Derecho que no se defiende es derecho que se pierde!