jueves, 25 de febrero de 2016

Manipulación de la Constitución y abuso de poder
La violencia contra las mujeres y niñas no es delito leve
Es una realidad minimizada con la complicidad del Estado
Nicaragua deporta a prisioneros de otras nacionalidades y pone en régimen de convivencia familiar a condenados por delitos leves. Este es una publicación de El 19 Digital del lunes 22 de febrero. El medio electrónico de la familia señala que: La compañera destacó que estas medidas se han tomado "en el marco de una Política Humanitaria y de Reconciliación y Unidad de las Familias Nicaragüenses en estricto apego a la Constitución Política y a las Leyes Penales de la República".
El portal nos da cuenta sobre hechos consumados: 8,149 nicaragüenses y 94 extranjeros fueron puestos en libertad en el período 2014-2016, para un total de 8,243 reos. Son varias las preguntas que surgen de semejante decisión: ¿Cómo hicieron eso? ¿Qué procedimiento utilizaron? ¿Los jueces ordenaron la libertad en audiencia oral y pública? ¿Las familias ofendidas fueron notificadas y oídas? ¿Se repararon e indemnizaron los daños? ¿Cuáles son los delitos objeto de dicho beneficio? ¿Quedaron vacías las cárceles y los penales? Porque supuestamente habían como 10 mil.

Por la víspera se saca el día y no es nada grato para miles de víctimas, especialmente mujeres y niñas, cuyos delitos quedan en la impunidad al considerar sus casos como “delitos leves”, cuyo eufemismo procura encubrir la gravedad de la violencia y la complicidad oficial de la medida que sacó a las calles a los miles de reos, utilizando y manipulando conceptos en violación a la Constitución Política e Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos (IIDH), relacionados al derecho de justicia, garantías judiciales y derecho de reparación entre otros.

Desde la perspectiva de los Derechos Humanos, reconocidos en nuestro orden constitucional vigente en Nicaragua, mi opinión es que se benefició a miles con esa “gracia gubernamental” ejecutándose de hecho un masivo y disfrazado indulto sin atender ni respetar ningún procedimiento constitucional, en perjuicio de las víctimas ignoradas por el Estado que tiene como resultado inmediato el quedar como gobierno bondadoso, porque se proyecta como si está haciendo favores, con la apuesta de que miles de personas familiares de los liberados queden “agradecidos con el comandante y la compañera”.

El gobierno sustenta el beneficio masivo para “condenados por delitos leves”, cuyas penas son iguales o inferiores a cinco años de prisión. Al respecto, los artículos 24 y 49 del Código Penal de Nicaragua clasifican los hechos (delitos) y las penas por su gravedad. Ambos artículos disponen que los delitos y las penas se clasifican en graves o menos graves. El artículo 49, inciso b) dice: “Son penas menos graves, las penas de prisión e in-habilitación de seis meses hasta cinco (5) años.

Para tener una idea de lo serio de la decisión gubernamental, delitos con penas menores a cinco años son por ejemplo: Homicidio imprudente, como el de la masacre de Las Jagüitas (la mitad de los policías podrían salir o ya salieron).

En la Ley 779, creada para proteger a las mujeres, niñas, niños y adolescentes, en su derecho a vivir libres de violencia, podemos observar que la mayoría de los delitos tienen penas menores de cinco años, como la violencia física y psicológica según la gravedad de la lesión.

Para los padres irresponsables que niegan alimentos a sus hijos, ahora cuentan con vía libre porque la medida los beneficia. Todo el artículo 12 de la Ley 779 referido a la violencia patrimonial y económica, así como la intimidación y amenaza contra la mujer, y la sustracción de sus hijos (artículos 13 y 14) tienen penas menor a cinco años.

Muchos delitos establecidos en el Código Penal tienen penas menores a cinco años, como algunos robos que son de afectación y angustia popular; también delitos sexuales. Entonces: Acusados y condenados de esos delitos… ¿a la calle, según la medida masiva?

Podemos observar que NO hay tales condenas por delitos leves, lo que demuestra una clara violación a la ley penal, pues cuando el Código Penal define asuntos leves se refiere a faltas, o sea que NO son delitos. La medida no es en “estricto apego” a las leyes penales.

Instrucciones que confirman el abuso de poder.Los medios de comunicación dieron cuenta sobre instrucciones superiores a los jueces, donde se les ordena no meter preso a los agresores de mujeres y niñas que estén dentro de ese bolsón inventado de los delitos leves. Al respecto, dijo la Presidenta de la CSJ Alba Luz Ramos:Sí se dijo en términos generales, porque la tendencia de los jueces es dictar prisión preventiva a pesar de que hay otras medidas cautelares alternas a la prisión, entonces se les dijo que hagan todo lo posible por aplicar otras medidas”. Dicha orientación no es solo para los delitos señalados por la 779, sino en general.(La Prensa Digital, jueves 25 de febrero).

Obviamente se infiere que de ese mismo tipo de delito, todos están libres o por salir. Por tanto sentenciaron a pena de muerte el sentido fundamental de la Ley 779 y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violación Contra la Mujer, Convención Belem Do Pará.

Régimen convivencia Familiar: La Ley 473, Ley del Régimen Penitenciario y Ejecución de las Penas, en su artículo 39 define una clasificación de los privados de libertad, el numeral 5 establece cinco regímenes penitenciarios y son: 1.- Adaptación, 2.- Laboral, 3.-Semi abierto, 4.- Abierto y 5.-Convivencia Familiar. Acá no cabe aquel dicho de que el orden de los factores no altera el producto, pues estos regímenes penitenciarios tienen un carácter progresivo, donde los privados avanzan o regresan de régimen según el grado y criterios establecidos y cumplidos.

La Convivencia familiar es la etapa final en el cumplimiento de las penas, donde el privado de libertad goza de la relación abierta con su familia como un proceso para alcanzar la libertad definitiva. Para su aplicación los beneficiados deben cumplir los requisitos de la legislación penal y penitenciaria.

El Código Procesal Penal artículo 402 y siguientes, establece que para el efectivo cumplimiento de las penas, su control y vigilancia penitenciaria están los Jueces de Ejecución de Penas, quienes conocen y resuelven en audiencias orales y públicas, con la participación de las víctimas u ofendidos en la que no basta el cuento de que lo supo la fiscalía (Ver artículo 34 parte final de nuestra constitución, sobre el derecho de los ofendidos).

En dicha audiencia, o sea en las miles de audiencias que debían llevarse a cabo, todos y cada uno de los liberados, en ejercicio de sus derechos debieron demostrar que reunían los requisitos para la libertad por convivencia: sus antecedentes, la gravedad del delito y el conocimiento para su control de legalidad por parte de los jueces.

La Constitución Política de Nicaragua e IIDH, no autorizan lo realizado por las autoridades de nuestro país. Los que tienen cargos de magistrados y todos los que integran el poder judicial y operadores de justicia saben muy bien que nos están mintiendo. El gobierno, el Poder Ejecutivo no tiene esa facultad y lo que ha hecho es una invasión a las funciones del Poder Judicial, último que se siente contento con esa relación de manoseo y sometimiento, a pesar de su facultad exclusiva de juzgar y ejecutar lo juzgado (artículo 159 constitucional).

El Estado y gobierno, contrario a lo que dice de actuar en “estricto apego” a la Constitución, las leyes y los Convenios Internacionales, la arremete contra dichos instrumentos, eso sí con palabras bonitas como reconciliación y unidad familiar. Habría que preguntar cómo está la reconciliación y la unidad familiar de las mujeres, niños, niñas y las miles de familias afectadas por las “condenas leves del gobierno”. Se trata de Derechos Humanos, de acceso a la justicia, lo contrario es impunidad. Que nos digan claro: ¿qué pretenden y qué esconden con esa masiva medida?.

Ahora bien, es indiscutible que todos los privados de libertad tienen y deben gozar de sus derechos humanos, a ser tratados como gente y no en esas bodegas inhumanas de los sistemas penitenciarios o celdas policiales. De tal manera que todos los que cumplan los requisitos para obtener su libertad, deben ser sometidos a la audiencia correspondiente o bien que el gobierno proponga los indultos a la Asamblea Nacional.

Sobre los extranjeros deportados, ¿todos ellos iban felices de regreso a sus países? Porque la deportación es con derecho de apelación, si un extranjero alega peligro para su vida a donde lo van a mandar, tiene que ser oído. Entonces, qué procedimiento se aplicó para los 94 deportados?.

Sobre la coordinación inter institucional, si la hubo fue para ponerse de acuerdo en violar los derechos constitucionales y DDHH de las víctimas y ofendidos ignorados y ninguneados por esas instancias.


Conscientes pues de los riesgos que corren muchas víctimas y la sociedad en general por esta medida irresponsable, basada en la mentira, a la gente le queda exigir rendición de cuenta y que el Estado nos proteja los DDHH por parejo. 

Por ahora, a lo inmediato fortalecer nuestro auto cuido, dado que el instructivo ordena a los policías a no hacer lo que la ley les obliga. Exijamos nuestros derechos, cuidándonos principalmente de la pareja bondadosa y de los que le hacen coro en nombre de la justicia.

viernes, 12 de febrero de 2016



Padre Fernando Cardenal Martínez
Habían pasado pocas semanas de aquel histórico 19 de julio de 1979, cuando se echó a andar otra inmensa y también histórica obra: La gran Cruzada Nacional de Alfabetización (CNA), para lo cual se formó en tiempo record el Ejército Popular de Alfabetización (EPA), al frente de semejante tarea como Coordinador de la misma estuvo el Padre Fernando Cardenal, para muchos amigos cercanos es el Padre Fernando. Y ve que fue el primer brigadista de Alfabetización, un gran EPA porque la Cruzada fue un gran éxito que pasó a la historia y es parte de nuestra memoria e identidad como generación de los 80 de la que me siento orgulloso. 

Fue mi primera tarea social y la primera vez que me separé por varios meses de mis seres queridos más cercanos, aunque la mayoría de mis hermanos también se movilizaron con el apoyo de nuestros padres, pero de quien quiero hablar es del Padre Fernando.

Yo tenía 19 años, en persona fue al primer Jesuita que conocí aunque de pasada había oído hablar de ellos en Nicaragua. Apenas era un chavalo. Recuerdo como ahora que el Padre estuvo con nosotros en El Rama, en el acto de clausura de la jornada alfabetizadora, su emoción por convertir la oscurana en claridad no la puedo describir. La batalla contra la ignorancia fue un éxito que movilizó a decenas de miles de chavalas y chavalos y el P. Cardenal SJ, fue su líder indiscutible y referente moral de la CNA.

Ya en mis tiempos de dirigente zonal y fundador de la JS19J, compartí con él algunas veces, pues fue Vice coordinador nacional de dicha organización, o sea un jesuita como líder juvenil, varios años mayor que nosotros, pero tanto en la CNA como en la JS y como ministro de Educación le hizo güevo, con brillo, inteligencia y sobre todo con un compromiso de los que ahora nos hacen falta. El P. Fernando es todo un jesuita que se la juega y se la ha jugado (arriesgado). Sus 80 años no han sido en vano, para mí el ejemplo del sacerdote que con sus acciones, es uno de los más consecuentes con aquella definición de opción preferencial por los pobres.

Como parte de su testimonio de vida, nos cuenta que en el proceso de formación del sacerdocio estando en Colombia, sintió de cerca la pobreza en barrios marginado y que después de comprar un pan, cuando iba de regreso para donde estaba su comunidad religiosa, en el camino lo repartió todo porque no podía actuar con indiferencia sobre ese estado de necesidad.

Conocí a otros jesuitas, entre ellos a mi gran maestro y amigo P. César Jerez, a quien lloramos y seguro que también Fernando lo lloró porque ese indígena guatemalteco fue de los comprometidos con la revolución y con los pobres, como Fernando Cardenal.

Según cuenta la historia, la compañía de Jesús ha tenido sacerdotes para todos los tiempos. Varios de ellos asesinados como Rutilio Grande y los jesuitas de la UCA en El Salvador, entre otros. El P. Cardenal es un cura de los meros meros comprometidos y a prueba de todo terreno. Por haber optado de verdad por los pobres, al servicio de la Revolución Sandinista, enfrentó los temporales de la intolerancia institucional, porque prefirió acompañar a su gente de corazón y con acción, predicó con el ejemplo lo que debe ser un verdadero cristiano. Por varios años fue separado como sacerdote y volvió sin haber perdido sus méritos.

Ahora que el Padre Fernando está en delicado estado de salud, después de que regresé del hospital donde se encuentra enfrentando otra batalla, me sentí en la necesidad de dedicarle el presente escrito sobre lo que guardo en la memoria de ese extraordinario ser humano, quien desde hace varios años ha estado al frente de otro hermoso proyecto educativo como es Fe y Alegría. 

Cada vez que platicamos ahí, he recibido de él, con su humildad, los consejos y la motivación para seguir defendiendo los derechos de todas y todos. Siempre preocupado por los demás y con aquella inspiración por la que alguna vez dijo: “Mi esperanza es que los jóvenes vuelvan a las calles a hacer historia”.- Ese día llegará, P. Fernando, mientras tanto Usted ha hecho su parte.

Elevo mis mejores pensamientos y sentimientos, en mi nombre y el de mi familia, para que ese ser humano, para que esa persona a la que nunca he visto se le hayan subido los humos, para que se recupere y lo tengamos mucho más tiempo. 

En todo caso, querido Padre: Su vida no ha sido la de cualquier pasajero por este nuestro agitado planeta. Su misión ha sido sobrecumplida.

Reconocimiento y cariño inolvidable a tu ejemplo, hermano Cura Fernando Cardenal.

miércoles, 10 de febrero de 2016



Entre la Ley y la realidad
“El Estado soy yo”
Expresión atribuida al régimen absoluto representado por el Rey Luis XIV

El problema fundamental de Nicaragua no es la ausencia de leyes, el peor de los males que sufrimos, es la imposición de los que han asaltado al país aplicándolas a su antojo, imitando los viejos tiempos que se suponen superados por el constitucionalismo contemporáneo.

El fin de semana recién pasado leí una entrevista que ofreció un experto en Derecho de visita por nuestro país, quien compartió sus opiniones sobre la falta de una ley que regule el derecho de manifestación en Nicaragua, derecho constitucional reiteradamente violado por los agentes del Estado y sus fuerzas de choque, particularmente en los últimos 8 años.

Es de conocimiento público cómo, quienes hablan hasta la saciedad de restitución de derechos, en la práctica lo niegan con los hechos, pretendiendo que nos resignemos y aceptemos que sólo una parte del país tiene derecho a circular libremente por todo el territorio, sea individual o en manifestación para expresar opinión sobre cualquier asunto de interés ciudadano.

En ese sentido es importante tener presente que la Constitución Política de la República de Nicaragua, es norma jurídica de aplicación directa y ella reconoce el derecho político de manifestación, que tenemos todos y todas, como expresión y ejercicio de ciudadanía. Al respecto, el Estado debe abstenerse de realizar acciones que impidan su realización, más bien debe propiciarlo superando los obstáculos y proteger a quienes sean atacados ilícitamente por promoverlas. 

Cualquier ley que trate sobre dicho derecho, nunca puede ser contraria al espíritu de la Constitución ni a lo establecido en los instrumentos internacionales de derechos humanos como la Declaración Universal, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos; principalmente la Convención Americana sobre Derechos Humanos entre otros, expresamente señalados en el artículo 46 constitucional. 
   
Una cosa es la Ley y otra es la cruda realidad. También es importante tener presente que no toda ley es sinónimo de derechos humanos, por el contrario hay unas que son exclusiva voluntad del poder, dirigidas a impedir la realización de los mismos, leyes regresivas, opresivas e inconstitucionales contra las que hemos recurrido, sin recibir la protección judicial por parte de una corte carente de independencia. Bastan los siguientes ejemplos: 

Recurso contra la Ley que penaliza el aborto terapéutico, con 8 años de silencio de la CSJ, mientras tanto muchas niñas víctimas de violación que entre otras consecuencias son condenadas a sufrir embarazos y que el sistema las llama madres con relaciones precoces. 

Recurso contra la Ley 840, que amenaza con despojar masivamente a campesinos, con el cuento del gran canal y que la CSJ en corto tiempo resolvió a favor de la ignominia y el Recurso contra el Reglamento Presidencial de la Ley 779 que prácticamente cercena la finalidad de proteger a las mujeres y niñas para que vivan libres de violencia. Tres ejemplos de leyes perniciosas que NO regulan derechos sino que los violan.

La esencia de ese estado de cosas está en la destrucción de la institucionalidad que no atiende, ni constitución, ni instrumentos internacionales de Derechos Humanos, ni ley alguna que detenga la desenfrenada concentración de poder que solo es superado por el absolutismo de los antiguos regímenes donde eran pocos los mitad libres y muchos los sometidos.

Si de orden y legalidad se trata, Daniel Ortega no hubiese sido candidato a la Presidencia en el 2011 porque expresa y claramente la Constitución lo prohibía y fue gracias a una perversa sentencia de la Corte Suprema quien lejos de hacer justicia, nos asaltó sin metralleta.

Si de orden y legalidad se trata, la Constitución en su artículo 33 ordena que la libertad no puede ser objeto de acciones arbitrarias, que solo por orden expresa de autoridad competente o en flagrante delito se puede detener a cualquier persona y que en caso de detención legal, en 48 horas deben ponerla a la orden de autoridad competente, con la acusación respectiva. 

Son incontables las víctimas a las que los abusadores del poder les han violado la libertad sin que hasta ahora paguen por semejante daño. Pueden ver mis temas anteriores en que abogo por esos derechos. 

Si de orden y legalidad se trata, los detenidos no serían sustraídos de su juez natural competente, acusándolos ilegalmente en Managua y encerrados en el chipote para “encontrar la verdad” a punta de tortura, sin derecho siquiera de denunciarlo porque de hacerlo arriesgan con retorno al sufrimiento.

Si de orden y legalidad se trata, todos los crímenes, masacres contra cualquier ser humano, serían investigados, acusados, procesados y con sus correspondientes condenas en igualdad de condiciones y no determinadas por las relaciones de las víctimas o los criminales, como fue el caso de la masacre del Carrizo, cuyos asesinos ya están libres.

Si de orden y legalidad se trata, los asesinos, violadores de niñas y narcotraficantes pagaran cárcel por igual y no como ahora, con algunos bien tratados con el beneficio de operadores que lejos de ser justos condenan al país a vivir y sufrir impunidad.

Y, si el orden y las leyes nos niegan los derechos humanos, nos queda el derecho de hacer uso del supremo recurso a la rebelión contra la tiranía y la opresión, independiente de las pretensiones ilegítimas de la ley de seguridad soberana, también inconstitucional y dirigida a perpetuar a la dinastía

Siempre de todas y todos depende que los abusadores del poder no se salgan con la suya; no vaya a ser que nos disminuyan a todititos en esa “simpática” definición de medio libres e híbridos. 

Los Derechos Humanos son de todos y todas y defenderlos también es un derecho, universalmente reconocido.

martes, 2 de febrero de 2016

Liberan a un peso pesado: Os una… y van con DOS
Todos y todas somos iguales ante la ley, no así ante el Rey.
Supieron la última no…, pues siempre tenemos algo que comentar y hasta el título nos lo sugieren los señores del poder. Bien podríamos empezar la presente con: Cuánto manosean la libertad y la justicia en nuestros nombres, porque no a todos se les mide con el mismo rasero,  cuando a la mayoría le recetan el muro de acero (muro de contención).
En principio, defiendo que el orden jurídico constitucional debe prevalecer en cualquier caso que esté en peligro la vida de una persona, puesto que la razón de ser del Estado y el Derecho es precisamente respetar y salvaguardar los derechos humanos de su sociedad. No obstante, el sistema penal y proceso penal, en sintonía con los derechos y garantías constitucionales establecen las limitaciones para las personas que han cometido delitos y en particular delitos gravísimos como es en el presente caso.
En ese orden de ideas, podría ser perico de los palotes o Juan el de la esquina el que ha cometido tal o cual delito, eso no tiene relevancia para discernir si a un privado de libertad se le protege su derecho a la vida o a la salud, simplemente se aplica la constitución y la ley que debe ser conforme a ella. En fin, no estaría pasando nada extraordinario de no ser porque en nuestra Nicaragua está en ruina la institucionalidad donde el derecho se distorsiona por quienes aplican la ley con distinciones y discriminaciones.
Resulta que las máximas autoridades operadoras de justicia, cuando hablan de narcotráfico y crimen organizado, sea capturando, acusando o condenando exhiben una firmeza que no es jugando y mejor apartate si no te pasan llevando. Con elegancia y elocuencia dicen: La ley es dura pero es la ley, por eso piden e imponen la pena máxima y con pocas posibilidades de encarcelación, así se jactan con su muro de contención para negar la libertad, pero ahora hacen una nefasta distinción.
A 23 años está condenado el ex magistrado electoral Julio César Osuna, entre otros por crimen organizado que incluye vinculación con Alejandro Martínez “el Palidejo”, identificado con cédula nicaragüense como José Fernando Treminio Díaz, acusado por ser autor intelectual del asesinato en Guatemala del cantor/trovador argentino Facundo Cabral, donde resultó herido un nicaragüense, procesado y condenado acá en el país.
¿Se acuerdan cómo obtuvo su libertad el máximo líder de los rojos constitucionalistas condenado por corrupción a una pena de dos décadas? Si nos acordamos, entonces es fácil caer a la cuenta el parecido de la medida que ahora beneficia al ex magistrado quien, según acusación, producía cédulas especiales para capos. El mismito Sistema Penitenciario de Tipitapa los guardó por un rato a ambos correligionarios a quienes el encierro los deprimió y puso en peligro su vida. Qué parecido no… Condenas a dos décadas, cumplidas ni a medias por los dos, complacidos por DOS.
Era un niño cuando escuché por primera vez la expresión social y familiar de hijos y entenados, ya más grande comprendí el por qué de dicha distinción sobre el trato de hecho y de derecho para “los hijos naturales” y los descalificativos para los demás. Siendo dirigente estudiantil a inicios de los 90 un querido amigo, en defensa del alcance popular de las universidades y por la inminencia de la privatización expresó: O todos hijos o todos entenados… Así se aplica la ley en Nicaragua, a unos como amigos y a muchos otros como enemigos. A unos como parientes y a los otros como los condenados olvidados.
Veamos al respecto declaraciones de un excelentísimo magistrado de la Suprema Corte:   “El hombre ha presentado un cuadro clínico de diferentes enfermedades y se ha hecho solicitud en el Tribunal y en el Juzgado de Sentencia y a la propia administración penitenciaria, pero nunca le resolvieron; fue hasta el año pasado que el sistema le otorgó el beneficio y está bien concedido, puesto que es facultad también de ellos, según la ley penitenciaria”.
Veamos otra: “Últimamente tuvo crisis de próstata y estaba quedando ciego. El sistema lo mandó a revisar y tomó alguna medida administrativa, para no cargar con el muerto. Las enfermedades no fueron inventadas, ahí está el expediente. Yo conozco el caso, porque soy amigo de la María Haydée Osuna y ella venía aquí a pedirme auxilio y a los otros magistrados para que atendieran humanitariamente las solicitudes del hermano”. (las negrillas son mías). Eso está contado en el Diario La prensa del día de hoy martes 2 de febrero, que cita declaraciones del magistrado Manuel Martínez.
Se evidencia el trato diferenciado por distinción del amigo… agreguemos que otros magistrados se hacen los desentendidos (Ver reporte de la prensa digital de hoy). Veamos ahora la otra cara de una desatendida realidad que demuestra mis reflexiones que presento también a manera de denuncia frente a la impunidad y el doble rasero.
Muchos reos purgan cárcel o encierro inhumano que, habiendo cumplido la mayor parte de sus condenas y en estado grave de salud, no encuentran eco en las autoridades administrativas y judiciales, mismas que no exhiben ni la más mínima indulgencia que les sobra en determinados y privilegiados casos que por el descaro nos dicen pálido te dejo, beneficiando a los relacionados con “El palidejo”.
Para los demás, como al cachorro Marvin Vargas, con más de 90% de su pena cumplida y con orden judicial de libertad …se morirán en la cárcel primero… como le han sentenciado. La madre de Vargas se murió luchando frente a los humanitarios funcionarios que dejaron libre al Sr. Osuna, quien apenas ha cumplido 3 de 23, qué les parece...
Así, la intensidad de la libertad, con todo su brillo se apaga para quienes no tienen la fórmula magnífica de la conexión con el power. Y pretenden engancharnos con el cuento de que esa es una medida legal, judicial o penitenciaria absolutamente independiente de las influencias… Ja!!! Esto obedece a la fórmula mágica en un año electoral que necesita partidos para la pantomima, urgida de legitimidad.
La farsa se desvanece por un montón de procesados y condenados que, con delitos similares o mucho menos graves y con órdenes de libertad, no los dejan salir, sometiendo a sus familiares a un prolongado boleo que comienza ante las máximas autoridades penitenciarias que se declaran incompetentes, remitiendo los casos al Ministerio de Gobernación donde tampoco encuentra ninguna respuesta ni eco frente al clamor familiar, siguiendo el periplo por los tribunales para interponer y tramitar Recursos de Exhibición Personal por detención ilegal que hasta ahora solo han servido para mayor desgaste económico y emocional, y como si fuera poco tienen que buscar a los jueces ejecutores, si los encuentran después ni siquiera los reciben en las bodegas inhumanas penitenciarias.
En los organismos de derechos humanos como el CENIDH y en los medios de comunicación, podemos verificar denuncias públicas realizadas por decenas de familiares que se declaran en total desprotección por el Estado de Nicaragua, con violaciones a su derecho de ser tratado en igualdad y sin discriminación.
Como dice la canción: A dónde vamos a parar… Creo que la respuesta está en nosotros y nosotras, en la medida que no nos resignemos y tomemos conciencia por parejo y generalizada, no solo restituiremos la institucionalidad hasta ahora perdida, sino también enderezaremos el rumbo que lleva nuestro país.

En nuestra decisión está el seguirlos aguantando. No esperemos que otros hagan lo de nosotros. Todos los derechos para todas y todos. Abrazos con energía positiva.