Inconstitucional
prohibición y brutal represión
16 de septiembre. Marcha sobre carretera norte, asediada por las fuerzas represivas
El recién pasado viernes 28 de septiembre en curso, la
Policía del régimen Ortega Murillo, mediante una nota de prensa, dio a conocer
a la población nicaragüense, la inconstitucional prohibición del derecho de manifestación,
derecho que han violentado por años. Al respecto, desde el 18 de abril se
realizan en el país, marchas, plantones e innumerables expresiones de un
descontento popular y generalizado, en contra de la dictadura dinástica,
militar y sangrienta.
Los verdugos han descargado todo su poderío y maldades contra
la legítima rebelión que provocó la tiranía y opresión. El régimen no haya qué
hacer, porque cada vez se van quedando aislados contra todo un pueblo que
levanta en alto la bandera azul y blanco, cargada de una dignidad nunca vista
en la historia de nuestro país, la que han querido aplastar a sangre y fuego;
por increíble que parece, con 3 ejércitos a su disposición y no han podido. Eso
les ha generado una furia y desesperación que hasta en la cara se les nota.
La intolerancia se ha expresado en permanente y brutal
represión, con etapas durísimas e intensas para frenar la decisión y
resistencia imparable de la Nicaragua que cambió el rumbo de su historia. Termina
el mes de septiembre, casi 6 meses de aquel alzamiento inesperado, 18 y 19 de
abril, fechas de la explosión social y política de todo un pueblo harto de una
dictadura que creyó que el sometimiento y la resignación eran marca registrada
para siempre.
Los representantes de la ignominia ¿Cuánto han hecho y dicho,
mejor dicho qué no han hecho y dicho?, en los temas anteriores de mi blog
pueden observar las cifras aproximadas de todos los crímenes de Estado, del
dolor causado a nuestro pueblo, de los crímenes de lesa humanidad que no
admiten impunidad.
Qué no han dicho…Todas las letras del abecedario fueron utilizadas
para despotricar y descalificar, mientras tanto la gente de este pueblo
valiente no se rinde, superando todos los cálculos del Estado de terror y del
terrorismo de Estado, está en pié y la familia de El Carmen, todo lo contrario,
las rotondas cada vez con menos acarreados y obligados, que con mala gana ven
ondear sus banderas por la fuerza del viento, sola agitadas por los fanáticos
convencidos, armados y encapuchados.
Al poder criminal le sobran los fusiles, usados por una estructura
criminal que los mantiene sin legitimidad social. Solo mediante la violencia
armada han disuelto las manifestaciones, derecho constitucional que por supuesto
no puede ser suspendido por una nota de prensa ni por ningún agente del Estado,
sea chiquito o grande.
Como decimos popularmente, contra el pueblo han desplegado
todo el poderío, cobardemente echándole la vaca, operan los paramilitares
armados y encapuchados, junto a la Policía política y con la complicidad del
otro Ejército que se declara neutral, mientras allá en el interior de nuestro
país sigue cazando campesinos como lo han hecho todos los años de la dictadura Ortega
Murillo.
Sobre la inconstitucional prohibición del derecho de manifestación,
ayer mismo en el sector de la Rotonda Cristo Rey, en el Barrio Riguero de
Managua (con decenas de periodistas nacionales y extranjeros como testigos),
los manifestantes le reprocharon al jefe policial represor, Comisionado General Fernando Borge, que demostrara su facultad para impedirles la realización de sus
derechos…
El policía Borge, se quedó en silencio, como respuesta ordenó
la represión criminal, misma receta que otro jefe cumplió contra la población
de Estelí, con decenas de detenidos arbitrariamente en ambas ciudades,
violándose también, el derecho constitucional a la libertad individual establecida
en el artículo 33.
Entre otros derechos, correcta y firmemente una joven
ciudadana se refirió al Artículo 54 constitucional que dice: “Se reconoce
el derecho de concentración, manifestación y movilización pública de
conformidad con la ley”. Ahora bien, el “de conformidad con la ley” no quiere
decir que la autoridad esté facultada para impedir la realización del derecho
mismo, al contrario el Estado y los agentes vinculados al tema están obligados
a propiciarlo. Cabe tener presente también el artìculo 53 constitucional, sobre el derecho de reunión pacífica.
Quiero enfatizar que ninguna ley puede establecer requisitos
que impidan en la práctica la posibilidad de manifestarse, de protestar porque
hacerlo es negar derechos. Los Estados Constitucionales y Democráticos dejan de
ser tales cuando impiden el ejercicio de la ciudadanía y cuando se violentan
los derechos humanos, como es el caso de Nicaragua, donde el Estado los viola sistemáticamente.
Hay otros artículos constitucionales relacionados al
ejercicio del conjunto de nuestros derechos, observemos lo que dice el artículo
32: “Ninguna persona está obligada a hacer lo que la ley no mande, ni impedida
de hacer lo que ella no prohíbe”. Vemos el alcance del principio de legalidad… Lo
que no está prohibido está permitido para las personas, por el contrario, los
agentes del Estado solamente pueden hacer lo que la ley expresamente les
faculta.
En consecuencia, la policía no tiene facultad de impedir las
manifestaciones que constitucionalmente se dispone a favor de la población. Como
tampoco tienen facultad para detener sin orden, violando lo dispuesto en el
artículo 33 constitucional, mucho menos para emplear la fuerza y la armas de
fuego contra un pueblo desarmado, violando el derecho a la vida y la integridad
física.
Además, los invito a observar los artículos 130, 182 y 183 de
nuestra constitución que, en esencia disponen y obligan a todos los
funcionarios a respetar los principios de constitucionalidad y legalidad.
Ningún cargo concede más autoridad que la prevista en la Constitución y las
leyes. Y, la Constitución es la carta fundamental de la República, las demás
leyes están subordinadas a ella, no tendrán valor alguno, órdenes o disposiciones
(NOTA DE PRENSA POLICIAL) que se opongan a la constitución.
La policía, al servicio de un partido familiar, solo protege
a las fuerzas pro gubernamentales, sin empacho marcha con ellas y opera con los
paramilitares, como lo ha hecho en más de 11 años, como lo hizo en todas
masacres y ejecuciones de estos meses, matando niños como: Alvarito Conrado de
16 años; Mathías, de tres meses, y Daryeli, de tres años, de la familia Pavón
Velásquez en el Barrio Carlos Marx; como lo hizo matando al niño Teyler
Leonardo Lorío Navarrete, de 14 meses de edad en Las Américas 1 y matando también
a Matt Romero de 16 años.
Y, como lo está haciendo ahorita mismo; siendo obvio entonces
que no está apta profesionalmente para servir por igual a toda la nación, hace
años que cayeron en un proceso de autodestrucción, daño del que no se escapa
ninguna institución estatal. Ese pernicioso y nefasto comportamiento policial, viola el derecho universal de igualdad ante la ley y no discriminación, establecido en el artículo 27 constitucional.
Por supuesto, el Estado de Nicaragua, al violar de forma sistemática los derechos humanos de la población nicaraguense, incumple su obligación internacional adquirida mediante la adopción de instrumentos de derechos humanos, como los enunciados en el arto 46 constitucional; así como la Convención de la Niñez de la ONU, reconocida penamente en el articulo 71 de nuestra Constitución.
Por supuesto, el Estado de Nicaragua, al violar de forma sistemática los derechos humanos de la población nicaraguense, incumple su obligación internacional adquirida mediante la adopción de instrumentos de derechos humanos, como los enunciados en el arto 46 constitucional; así como la Convención de la Niñez de la ONU, reconocida penamente en el articulo 71 de nuestra Constitución.
Hoy domingo no ha sido la excepción, porque la represión continúa
y la resistencia también. Detuvieron a Miriam del Socorro Matus, de 78 años de
edad, conocida como Doña Coquito “la abuelita de todos”, “la abuela vandálica”,
ciudadana símbolo por su extraordinario ejemplo a quien, en los primeros días
de la brutal represión, la vimos expresando solidaridad y en la actualidad participa
en las manifestaciones. Precisamente la vi el pasado domingo 23 de septiembre, en Las Américas 3, minutos
antes de que la marcha fuera disuelta a balazos y con gases lacrimógenos, donde
asesinaron al niño Matt Romero.
Es obvio que en la realización de concentraciones,
manifestaciones o marchas, las autoridades deben adoptar medidas
relacionadas a la seguridad para el desarrollo de ese derecho. En tanto la
movilización ciudadana no es sinónimo de delito, los agentes encargados de
hacer cumplir la ley deben protegerla frente a los ataques que sí son ilícitos.
Cuando se limitan a observar, los policías se constituyen en un atacante más, en violación también del artículo 97 de la Constitución, donde está la misión constitucional de la Policia, cuya esencia es prevenir el delito, proteger por igual, profesional y sin sujeción partidaria, a toda la pobalción.
A pesar de los incontables obstáculos, brutal represión,
persecución y crímenes de Estado en estos meses de ejemplar resistencia, el
pueblo nicaragüense no solo ha demostrado que conoce sus derechos, sino que los
ha defendido, consciente de que para realizarlos NO se necesita pedir permiso.
¡Protestar es un derecho, reprimir es un delito. El pueblo
tiene derecho a vivir en paz, libertad y sin miedo. Derecho que no se defiende
es derecho que se pierde!
Como siempre Gonzalo nos educas en las leyes, así nos das los argumentos necesarios para seguir defendiendo nuestros derechos.
ResponderEliminarGracias Gonzalo , cuídate mucho para que nos sigas instruyendo.